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Es busca de los Derechos humanos

Los Derechos Humanos son comunes a todas las personas, esa concepción se encuentra en la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptada en 1948. La Constitución Política no sería lo que es sin los Derechos humanos. En este sentido, se produce, como expresa el profesor Pérez Luño, un vínculo interdependiente de carácter genético y funcional entre el Estado de Derecho y los Derechos Humanos, ya que el Estado de Derecho para serlo debe garantizar los derechos fundamentales, mientras que estos exigen e implican para su realización al Estado de Derecho. De la misma manera la Constitución económica representa la base material de la actuación de los derechos fundamentales, pero la misma se haya integrada en gran medida, por aquellos derechos humanos que delimitan el régimen de la propiedad, la libertad de mercado, el sistema tributario o el marco de las relaciones laborales y la seguridad social. 

Desde el punto de vista teórico los Derechos humanos tienen su correlativo crítico y propositivo en Nicaragua, puesto que la formalidad de las normas que rigen dan lugar a un cuestionamiento a su origen liberal –clásico, pasando por las distancias existentes entre su positivación y su vigencia real, hasta llegar al contraste de éstos con las demandas cotidianas de vastos sectores sociales.

Así, la Constitución Política de Nicaragua, contiene un importante y generoso contenido en Derechos Humanos, cuya amplitud nada tiene que envidiar a la de los países que suelen considerarse como modelos por el derecho constitucional comparado. La lectura de la misma es altamente positiva en este sentido. Hay que destacar que se ha adherido a casi todos los tratados internacionales que configuran el eje central del derecho internacional de los derechos humanos. En este ámbito, Nicaragua ha demostrado una disposición al compromiso internacional por los derechos humanos.

Sin embargo, para los nicaragüenses los Derechos humanos como realidad política y social abre un abanico de cuestionamientos sobre su viabilidad y nos plantean la relatividad del concepto mismo. El paradigma de los derechos humanos ha significado para Nicaragua un referente para las luchas por mejores condiciones de vida a la población. Su desarrollo en los últimos decenios ha instrumentalizado los canales de expresión de innumerables víctimas silenciadas en el pasado por regímenes militares, dictatoriales y políticos gubernamentales. En este sentido, aunque se da un avance significativo en la legislación nicaragüense sigue sin darse una respuesta esperanzadora a las realidades cada vez más acuciantes que vive el país.

En los últimos veinticinco años Nicaragua ha experimentado cambios significativos en lo que respecta a una reformulación de las políticas en materia de derechos humanos. Los alcances y finalidades de estos espacios estatales son vistas desde ópticas diversas por diferentes sectores de la comunidad: para algunos, se constituyen en importantes logros a defender, mejorar y proteger, dada su inexistencia en regímenes anteriores y las posibilidades que en ellos se vislumbran para desarrollar acciones concretas a favor de los sectores vulnerables.

El país, a pesar de los esfuerzos de transformaciones formales, todavía no tiene, no ha desarrollado totalmente una institucionalidad que promueva o proteja los Derechos humanos. Al estudiar este fenómeno no puede menos que observarse que la consagración de los Derechos humanos en nuestra Constitución Política aparece como inofensiva en tanto la precariedad de las instituciones garantizadoras ponen en duda el reconocimiento, respeto y protección de los mismos. En este sentido, contrasta este realismo con la idea deformada de que el propio poder (en sentido general), cuya precariedad no es capaz de reconocer y, por ende, se resiste a ceder una parte del mismo, y si lo hace es con la condición de que le garantice cierta seguridad en caso de perder el poder, como señala el profesor Zaffaroni.

Por tal razón, y como expresa el profesor argentino Zaffaroni, los esfuerzos nacionales e internacionales para mejorar o fortalecer el esfuerzo de la institucionalidad no harán más que reforzar sus defectos si se limitan a lograr una mayor eficacia; cuando una máquina está mal diseñada, nada que no sea el aumento de producto defectuoso se logra haciendo que funcione con mayor eficacia; el mejoramiento del producto depende de un cambio de diseño.

Para otros, a pesar del entusiasmo inicial generado por estos esfuerzos de cambios, se duda en el logro de soluciones duraderas y de fondo a problemas graves de violaciones de derechos humanos, en el plano civil y político, así como en lo que atañe a política viable para la realización de los derechos económicos, sociales y culturales, levantan interrogantes sobre si éstos son funcionales al propio sistema, fundamentado en privilegios, intereses y razones de Estado, que denotarían la ausencia de una voluntad política real para superar la negación de derechos para la mayoría de la población nicaragüense.

Lo que parece evidente es que la sociedad nicaragüense se encuentra en un proceso permanente de transformación (marchas y contramarchas) lo cual hace comprensible su vida problemática y conflictiva; vive pues enfrentamientos, empobrecimiento, pugnas, exclusiones, se encuentra inmersa en una profunda crisis. Algunos de estos problemas tienen un carácter transitorio porque están determinados a aspectos específicos que finalizan por ser resueltos de una u otra forma, nada es eterno. Otras tensiones son, por oposición, más profundas e implican una grave amenaza para la comunidad y para su existencia misma como institución colectiva y la vigencia de los derechos humanos.