Por decir algo
Esta sección, denominada «Por decir algo», es un blog de reflexión personal que traduce mi pensamiento a breves notas con la finalidad de compartirlas y poder generar, con usted, intercambios de conocimientos, ideas y criterios.
23 agosto, 2015

La racionalidad del animal-hombre con capacidad de raciocinio, permite y exige, que tras y antes de cada decisión, evalúe y pondere las consecuencias de su actuar. La experiencia es el mejor soporte del buen hacer, como nos muestra el viejo dicho popular de que “el diablo sabe más por viejo que por diablo”. Los pensadores clásicos no se limitaron a expresar un criterio en y para su tiempo, y así, filósofos, siguen siendo válidos en enderezar y dar sentido a realidades en mayor o menor grado caóticas. (más…)
30 julio, 2015

Reflexionemos de manera crítica acerca de aspectos básicos como el concepto constitucional de la libertad de expresión, a ser informado y de informar y los límites de la misma.
Un derecho individual social
La libertad de expresión (emisión de juicio) según la Constitución política nicaragüense (en adelante Cn.) es un derecho individual y un derecho social. Como derecho individual es el derecho a expresar libremente el pensamiento, sea en público, sea en privado, de manera individual o colectivo, de forma oral, escrita o por cualquier otro medio (Titulo IV, Cap. I, arto. 30 Cn). En este sentido, la libertad de expresión es un derecho indisolublemente unido al de la libertad de conciencia y de pensamiento (art. 29 Cn). Es decir, la libertad de expresión es parte integral del derecho individual de los ciudadanos. (más…)
25 mayo, 2015

El poder está limitado por la soberanía que radica en el pueblo y debe estar concebido para el desarrollo, progreso y crecimiento de los habitantes. Así lo expresa la Constitución Política, «la soberanía nacional reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos decidiendo y participando libremente en la construcción y perfeccionamiento del sistema económico, político, cultural y social de la nación. El poder soberano lo ejerce el pueblo por medio de sus representantes libremente elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto, sin que ninguna otra persona o reunión de personas pueda arrogarse esta representación. También lo puede ejercer de forma directa a través del referéndum y el plebiscito. Asimismo, podrá ejercerlo a través de otros mecanismos directos, como los presupuestos participativos, las iniciativas ciudadanas, los Consejos territoriales, las asambleas territoriales y comunales de los pueblos originarios y afrodescendientes, los Consejos sectoriales, y otros procedimientos que se establezcan en la presente Constitución y las leyes.” (art. 2)
El poder del Estado constituye una poderosa oportunidad para servir a los intereses generales de la comunidad social, pero también constituye una gran tentación para quienes lo alcanzan. El deseo de ponerle límites eficaces y de garantizar que sólo se usará de acuerdo a los intereses de la sociedad y con justicia y moderación es muy antiguo, y de una u otra forma se ha manifestado en casi todas las épocas. Una de las principales funciones del derecho es servir, precisamente, de límite al poder estatal y controlar su ejercicio.
17 mayo, 2015

Los Derechos Humanos son comunes a todas las personas, esa concepción se encuentra en la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptada en 1948. La Constitución Política no sería lo que es sin los Derechos humanos. En este sentido, se produce, como expresa el profesor Pérez Luño, un vínculo interdependiente de carácter genético y funcional entre el Estado de Derecho y los Derechos Humanos, ya que el Estado de Derecho para serlo debe garantizar los derechos fundamentales, mientras que estos exigen e implican para su realización al Estado de Derecho. De la misma manera la Constitución económica representa la base material de la actuación de los derechos fundamentales, pero la misma se haya integrada en gran medida, por aquellos derechos humanos que delimitan el régimen de la propiedad, la libertad de mercado, el sistema tributario o el marco de las relaciones laborales y la seguridad social. (más…)